POR SERGIO ROMERO
Fue a través del debate ciudadano desde 1917, año en que se plantearon los puntos de vista en México, de una revolución triunfante, que dio paso a una nación emergente para llegar a establecer y formalizar los derechos y las necesidades de justicia, del conglomerado social, político y económico.
A través de principios jurídicos in-di-so-lu-bles del derecho y de la justicia, como base del contenido, de una Carta Magna para la estructura poblacional de la legalidad en cada uno de los tres Poderes de la Unión, regidos por la naciente Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Nace una Carta Magna obligatoria en su autonomía, como un Poder Constitucional que surge con el vigor de la conciencia de un pueblo que evoca a la democracia y la justicia.
Desde entonces son evidentes las reformas necesarias que se le han hecho al documento a través del tiempo… y lo que falta por hacérseles, para valorarlas de forma permanente y transitoriamente.
Con una cosecha de las más frecuentes e importantes formas de vida de las personas, que promueven necesariamente el nuevo orden social que se persigue y que resulta fundamental para el análisis y conocimiento de los múltiples y complicados problemas colectivos de orden general en todo tiempo.
México, tan pronto concluyó la Revolución Mexicana, inició el primer resumen de la victoria de la naciente y enunciada Constitución General de la Republica, como paso a paso de una nueva forma de vida, impulsada e iniciada por Francisco I. Madero, Aquiles Serdán y muchos otros participantes de aquel 20 de noviembre de 1910.
Fue éste un incipiente articulado que había sido elaborado en favor de las clases sociales más afectadas, por la gobernación del anterior régimen previo al movimiento social, como los campesinos, los obreros y sobre todo a las diferentes clases sociales de todos los niveles, sobre quienes recaían la inicial lucha para el desarrollo vigoroso de las mayorías del país.
GUARDAR Y HACER GUARDAR LA CONSTITUCIÓN
La integración de esta misma Constitución se ha venido ajustando a un proceso de leyes y de reformas de las mismas, que están contenidas y que han aflorado a través del tiempo con el toque jurista, pero con la responsabilidad de los Congresos elegidos democráticamente desde sus inicios.
En la actualidad la estructura jurídica y autónoma de rango constitucional está constituida por tres salas temáticas en la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con la indeclinable obligación de sus 11 ministros de guardar, y hacer guardar, y respetar la Constitución, agrupados en estas salas por los renombrados y honorables juristas, que son en quienes se deposita el rango normativo que corresponde a la Ley Fundamental de la Nación.
Actualmente es presidida por Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien concluirá su periodo el 31 de diciembre de 2022, como lo adelantamos oportunamente aquí en este espacio, por lo que el ministro presidente de la SCJN no aceptó la ampliación de mandato por dos años más, propuesta del Ejecutivo de la Unión y que pasaba por alto el rango constitucional.
Son integrantes además: Las tres ministras, Ana Margarita Ríos Farjat, Norma Lucia Piña Hernández y Jazmín Esquivel Mossa, y los ministros Juan Luis González Alcántara, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, José Fernando Franco González, José Mario Pardo Rebolledo, Javier Laínez Potisek, Luis María Aguilar Morales y Alberto Pérez Dayan.
Colorín colorado, este cuento se ha acabado con la decisión del ministro Zaldívar… Tan tan.